Tener una empresa de seguridad privada en Chile no es tan sencillo como parece. Se requiere una serie de permisos y documentos que permiten ejecutar actividades de protección de personas y bienes. Uno de los más importantes es la directiva de funcionamiento para implementar servicio de guardias de seguridad, un documento exigido por Carabineros de Chile a través de la Oficina de Seguridad Privada OS10.
¿Qué es la directiva de funcionamiento seguridad privada?
La directiva de funcionamiento seguridad privada es un instrumento oficial que toda empresa, institución o comunidad debe presentar ante OS10 para poder operar legalmente con servicios de vigilancia. En este documento se detallan todos los aspectos operativos del servicio, desde los turnos y ubicación, hasta el equipamiento utilizado por los guardias.
Este trámite es indispensable tanto para servicios permanentes como eventuales (eventos masivos, conciertos, actividades deportivas), y su correcta confección puede marcar la diferencia entre una empresa autorizada y una sancionada.
¿Qué debe contener la directiva?
Según el Manual del Sistema de Seguridad Privada de Carabineros de Chile, la directiva de funcionamiento para implementar servicio de guardias de seguridad debe incluir al menos los siguientes ítems:
- Datos del empleador o empresa.
- Dirección exacta del lugar donde se prestará el servicio.
- Jornadas laborales y sistema de turnos.
- Número de guardias desplegados por turno.
- Objetivos del servicio y descripción de funciones.
- Evaluación de riesgos y medidas de mitigación.
- Uniformes e implementos autorizados.
- Sistemas de comunicación y seguridad tecnológica (alarmas, cámaras, radios).
- Formación y acreditación de los guardias ante OS10.
Errores comunes que pueden llevar al rechazo de la directiva
Una directiva de funcionamiento seguridad privada puede ser rechazada por múltiples motivos: omisión de datos, inconsistencias, falta de respaldo en los requisitos exigidos por la ley o incluso errores de redacción. El rechazo puede derivar en multas y suspensión de actividades, por eso es clave contar con un asesor profesional durante el proceso.
¿Qué requisitos legales deben cumplirse?
Además del formulario completo, las empresas deben demostrar el cumplimiento del Decreto Supremo N°93 y la Ley 3.607, lo que incluye:
- Seguro de vida mínimo de 75 UTM por trabajador.
- Capacitación obligatoria OS10 para cada guardia.
- Respeto a los límites legales de jornadas laborales.
- Autorizaciones específicas cuando se exceden las 12 horas por turno.
¿Quién debe presentar esta directiva?
Todo aquel que desee implementar un servicio de vigilancia: desde empresas de seguridad, hasta comunidades, colegios, clínicas o centros comerciales. No importa si es un servicio continuo o por un solo día, la directiva de funcionamiento para implementar servicio de guardias de seguridad sigue siendo obligatoria.
Evita sanciones y multas: asesórate correctamente
No tener una directiva de funcionamiento seguridad privada aprobada puede implicar sanciones de hasta 10 millones de pesos. La autoridad OS10 tiene la facultad de fiscalizar, multar y hasta clausurar operaciones que incumplan la normativa.
Por eso, si vas a iniciar un servicio de vigilancia o necesitas regularizar tu situación ante OS10, contacta a un Asesor de Seguridad Privada OS10 certificado. Ellos te orientarán en cada paso del proceso y evitarán errores costosos en tu postulación.
No dejes tu operación en riesgo. Confía en expertos y asegura el cumplimiento legal de tus servicios de vigilancia con una directiva de funcionamiento para implementar servicio de guardias de seguridad correctamente presentada.